De las informaciones periodísticas, y dicho con toda prudencia, se
desprende que el caso Nóos se complica, y alarga posibles
responsabilidades a personas que por el interés institucional no sería
grato que ocurrieran.
No es temerario afirmar lo anterior en razón a la nueva imputación que se ha efectuado en el juzgado competente contra Iñaki Urdangarin por dos delitos de fraude fiscal, ya que se da la circunstancia de que dichos delitos se cometieron en un alarde de ingeniería financiera a través de una sociedad denominada Nóos cuyo capital se reparten al 50% entre el referido imputado y su esposa, la Infanta doña Cristina.
Examinando detenidamente todas las circunstancias que establece el Código Penal para eximir de responsabilidad criminal a un autor, no se aprecia ninguna que sea de aplicación a la actuación de la Infanta. Pues por muy al margen que estuviera en la práctica de las andanzas de su marido, no cabe la menor duda que tuvo que firmar escrituras, transferencias y declaraciones a Hacienda. Si a esto añadimos la actuación eficiente del asesor real de las infantas, nos encontramos ante un inevitable aprieto procesal.
Resulta comprensible que si es doloroso para la Familia Real, como para cualquier otra familia española a la que imputen a alguno de sus componentes, mucho más penoso y grave es que esa imputación alcance y perjudique a una institución constitucional como es la Corona, ya que por esa causa podemos ser perjudicados moralmente todos los españoles.
Nos encontramos ante una situación de máxima incomodidad familiar y pública ante el pueblo español. Pero precisamente por ello el Rey y la Reina tienen que afrontar este serio problema, pues no en vano el Rey afirmó la necesidad de que la ley sea igual para todos.
Por eso afirmo que la Infanta debe ser encausada de dichos delitos fiscales e imputada. Y también digo que me gustaría que, después de un juicio oral, público y contradictorio, fuera absuelta.
La presunción de inocencia juega y debe jugar a favor de todo ciudadano, en cuya área está incluida la Infanta, pero ello no es óbice para mantener todo lo dicho, ya que también existe la figura de presunción de inocencia disminuida por la fuerza brutal de los hechos.
Es sabido que la justicia, con sus torpes vaivenes, no está bien valorada por los españoles. Sin embargo, estimo que en el presente caso una actuación justa, lógica y garantista haría subir el aprecio hacia este poder del Estado, entendiendo el mismo no solo como tal, sino como servicio público a favor de los ciudadanos.
No es temerario afirmar lo anterior en razón a la nueva imputación que se ha efectuado en el juzgado competente contra Iñaki Urdangarin por dos delitos de fraude fiscal, ya que se da la circunstancia de que dichos delitos se cometieron en un alarde de ingeniería financiera a través de una sociedad denominada Nóos cuyo capital se reparten al 50% entre el referido imputado y su esposa, la Infanta doña Cristina.
Examinando detenidamente todas las circunstancias que establece el Código Penal para eximir de responsabilidad criminal a un autor, no se aprecia ninguna que sea de aplicación a la actuación de la Infanta. Pues por muy al margen que estuviera en la práctica de las andanzas de su marido, no cabe la menor duda que tuvo que firmar escrituras, transferencias y declaraciones a Hacienda. Si a esto añadimos la actuación eficiente del asesor real de las infantas, nos encontramos ante un inevitable aprieto procesal.
Resulta comprensible que si es doloroso para la Familia Real, como para cualquier otra familia española a la que imputen a alguno de sus componentes, mucho más penoso y grave es que esa imputación alcance y perjudique a una institución constitucional como es la Corona, ya que por esa causa podemos ser perjudicados moralmente todos los españoles.
Nos encontramos ante una situación de máxima incomodidad familiar y pública ante el pueblo español. Pero precisamente por ello el Rey y la Reina tienen que afrontar este serio problema, pues no en vano el Rey afirmó la necesidad de que la ley sea igual para todos.
Por eso afirmo que la Infanta debe ser encausada de dichos delitos fiscales e imputada. Y también digo que me gustaría que, después de un juicio oral, público y contradictorio, fuera absuelta.
La presunción de inocencia juega y debe jugar a favor de todo ciudadano, en cuya área está incluida la Infanta, pero ello no es óbice para mantener todo lo dicho, ya que también existe la figura de presunción de inocencia disminuida por la fuerza brutal de los hechos.
Es sabido que la justicia, con sus torpes vaivenes, no está bien valorada por los españoles. Sin embargo, estimo que en el presente caso una actuación justa, lógica y garantista haría subir el aprecio hacia este poder del Estado, entendiendo el mismo no solo como tal, sino como servicio público a favor de los ciudadanos.