La innovación jurídica en España es como la innovación política, no tiene límite y la guía el mismo principio: rige el imperio de la ley mientras me da la razón y cuando me la quita, se reinterpreta la ley para que me la vuelva a dar
Sin quererlo el auto del TC refuerza al independentismo en otra cosa. Ahora sí que se puede sostener lícitamente que esto ya no va sólo de independencia o no independencia. Ahora esto va también de democracia
ANTÓN LOSADA
Sin quererlo el auto del TC refuerza al independentismo en otra cosa. Ahora sí que se puede sostener lícitamente que esto ya no va sólo de independencia o no independencia. Ahora esto va también de democracia
ANTÓN LOSADA
Por si quedaba alguna duda de lo abusivo del recurso preventivo contra el pleno de investidura de Carles Puigdemont, ahí se aportan como prueba irrefutable las interminables horas de debate sabatino en el Tribunal Constitucional discutiendo una admisión a trámite que la ley ha diseñado como casi automática.
Para preservar la unanimidad, el único activo de legitimidad que les queda, los magistrados del TC han construido un auto que anticipa los efectos más que previsibles de un recurso posterior a la elección del Puigdemont. Soraya Sáenz de Santamaría acababa de inventar el recurso preventivo y el TC acaba de inventar la anulación preventiva. La innovación jurídica en España es como la innovación política, no tiene límite y la guía el mismo principio: rige el imperio de la ley mientras me da la razón y cuando me la quita, se reinterpreta la ley para que me la vuelva a dar.
En una sesión que bajo ningún concepto debía entrar en el fondo del asunto, ya que sólo cabía discutir la admisión o no a trámite en base a unos requisitos estrictamente tasados por ley, el TC ha resuelto preventivamente sobre el fondo del asunto para evitar hacer aquello que cualquier jurista medianamente decente sabe que no queda más remedio que hacer: denegar la admisión de un recurso gubernamental que constituye un abuso de derecho flagrante; sólo se pueden recurrir actos, no intenciones.
El auto del TC fija de manera preventiva las condiciones en que debe celebrarse el pleno del Parlament para la hipotética investidura del candidato Puigdemont y deja para más adelante la decisión sobre admitir o no el recurso del gobierno, que era precisamente lo único que podía y debía decidir. Las condiciones son las ya sabidas y fijadas con meridiana claridad por la ley y detalladas por los letrados del propio Parlament: hay que acudir presencialmente y no se puede delegar ni la defensa, ni el voto. Si el pleno se celebrase en otras condiciones, sería nulo y nulas serían sus decisiones. El TC se ha adelantado en el tiempo y en el momento procesal, justo aquello que se le reprocha al recurso del gobierno.
Sin quererlo el auto del TC refuerza al independentismo en otra cosa. Ahora sí que se puede sostener lícitamente que esto ya no va sólo de independencia o no independencia. Ahora esto va también de democracia. Ya no se trata sólo de Catalunya o Puigdemont. Se trata de comprobar si, en España, un Gobierno puede usar de manera abusiva los instrumentos de la ley y la Justicia para impedir los resultados políticos que no le gustan y salir impune. Se trata de comprobar si, en España, un ciudadano conserva efectivamente sus derechos políticos mientras una sentencia firme no se los limiten o si rige en exclusiva la presunción de culpabilidad cuando se trata de adversarios políticos.
El auto del TC salva una comprometida situación política y pasa la bola al juez Pablo Llarena y al Tribunal Supremo, pero abre la puerta a una pesadilla jurídica para cualquier Estado de derecho. Al Parlament le bastaría con suspender la sesión hasta que el TC resuelva la cuestión de la admisión para volver a parar el reloj y dejar las cosas cómo estaban o peor, dado que en dicha resolución el TC no podría fijar las supuestas medidas cautelares que ahora sí ha dictado: o admite y suspende el pleno o no admite y permite el pleno.
El entorno de Puigdemont ya ha afirmado que van a pedir la autorización judicial para acudir al pleno y hará bien. Le asisten poderosos argumentos jurídicos a favor de la autorización que no se pueden tumbar sin caer en autos tan estrambóticos como el dictado por el propio Juez Llarena para no activar la euro orden en Dinamarca. Tan relevante como la decisión final de Puigdemont era la opción que pudieran preferir los otros diputados que tampoco podían delegar el voto. De su decisión dependía que exista o no una mayoría nacionalista efectiva en el Parlament y han debido renunciar. Eso sí que no tiene nada que ver con el derecho penal; es la democracia, amigo.
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